ADEADA

AYUDAS AUTO+

Fecha de presentacion: 6/30/2026
Descargar documento: Detalle del Programa.pdf
Resumen:

Os adjuntamos un pequeño resumen sobre el programa de ayudas Auto+ es gestionado por el Ministerio de Industria y Turismo, contará con una dotación presupuestaria de 400 millones de euros para 2026, y sus beneficios serán retroactivos al 1 de enero de 2026.

 Recibirán mayor porcentaje de ayuda los vehículos eléctricos puros, económicos y con proceso de fabricación en la UE.

 El Auto+, parte del Plan Auto 2030, nace de un compromiso del Gobierno de España para incentivar la demanda y compra de este tipo de vehículos como apoyo a la transición del sector a la movilidad eléctrica.

¿Qué es el Programa Auto+?

 El Programa Auto+ es el nuevo programa para la ayuda a la compra de vehículos eléctricos y electrificados, económicos y europeos del Gobierno de España, que se llevará a cabo en coordinación con las CC.AA.

El Programa Auto+ da continuidad al esfuerzo para el fomento de la demanda del programa MOVES, persiguiendo además la producción europea y española de vehículos.

El Programa Auto+ es una medida y compromiso del Gobierno de España incluida en el Plan Auto 2030 y cuenta con una dotación presupuestaria de 400 millones de euros para 2026.

Para ser considerados elegibles dentro del Programa Auto+, los vehículos tienen que cumplir dos requisitos mínimos: que tengan etiqueta CERO y que no superen los límites de precio establecidos en la siguiente tabla. Todos los precios de vehículos referidos en este documento se entenderán como precios en factura, sin impuestos y después de realizar descuentos comerciales.

 Precio máximo del vehículo sin impuestos:

 

M1

45.000€

N1

Sin limitación

L3e, L4e y L5e

10.000€

L6e y L7e

Sin limitación

 

¿Desde cuándo se puede optar a las ayudas?

 Se aplicarán las ayudas a las compras realizadas desde el 1 de enero de 2026, una vez que se publique la convocatoria.

 ¿Para qué se conceden las ayudas?

 Las ayudas tienen como objetivo la adquisición directa y/o leasing/renting (renting en el caso de autónomos y empresas) de vehículos a motor electrificados, pudiendo adquirirse:

 1.Turismos de hasta 9 plazas (categoría M1).

2.Furgonetas o camiones ligeros cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas (categoría N1).

3.Motocicletas, siempre que tengan velocidad de diseño superior a los 45 km/h, propulsadas exclusivamente por motores eléctricos, homologadas como vehículos eléctricos, con una potencia del motor igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km (categorías L3e, L4e y L5e).

4.Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW (categoría L6e).

5.Cuadriciclos pesados cuya masa en orden de marcha (no incluido el peso de las baterías) sea inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros (categoría L7e).

 Las ayudas se concederán para la adquisición de:

 a) vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda.

b) otros vehículos adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado en España con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2025.

 ¿Qué tipo de vehículo podré adquirir para cumplir con el criterio eléctrico?

 Vehículo eléctrico puro: vehículos eléctricos de batería (BEV) y vehículos eléctricos de célula de combustible (FCEV).

Vehículo electrificado: vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV) y vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV).

 ¿Quiénes serán los beneficiarios?

 Se consideran beneficiarios del programa:

 1.Las personas físicas.

2.Las empresas con personalidad jurídica propia y las personas físicas que desarrollen actividades económicas, siempre que se encuentren dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria