ADEADA

AYUDAS FONDO TECNOLOGICO

Fecha de presentacion: 1/19/2023
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Resumen:

El Gobierno Vasco, ha lanzado una serie de ayudas destinadas a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial en el marco del Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la convocatoria 2022.

Se establecen dos líneas de ayuda, en función de la tipología de las entidades beneficiarias:

a) Línea destinada a microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial (PYMES)

b) Línea destinada a las asociaciones, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas, sin anímo de lucro 

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Línea 1. Las pymes que tengan su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi y cuya actividad principal del negocio corresponda con alguna de las Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009)

Línea 2. Las asociaciones, sin ánimo de lucro, que tengan sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial

PERIODO SUBVENCIONABLE:

El periodo de ejecución para realizar las inversiones será el comprendido entre el 1 de Enero de 2022 y 31 de marzo de 2023

SOLICITUDES: DEL 20/12/22 AL 19/01/23
Se admitirán inversiones realizadas desde el 01/01/22 al 31/03/23.
Las solicitudes de subvención serán atendidas por orden de presentación en el registro electrónico.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las microempresas, pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución, haciendo a las empresas más competitivas y resilientes.


INVERSIÓN MÍNIMA Y LIMITES DEL PROYECTO:

La inversión mínima correspondiente a los proyectos subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, las siguientes cuantías:

a) Para las PYMES, será de 1,500€ (IVA excluido)

b) Para las Asociaciones, será de 50.000€ (IVA excluido)

Solo se admitirán las facturas cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o superior a 500€ y la descripción de los conceptos subvencionables esté claramente identificada, no admitiéndose conceptos codificados.