AYUDAS A LA CONTRATACION LANBIDE
Fecha de presentacion: 6/30/2023
Descargar documento: AyudasContrataciónLanbide.pdf
Resumen:
El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado las Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz, enmarcadas en la convocatoria de ayudas de Lanbide Servicio Vasco de Empleo.
Las ayudas están dirigidas a la contratación de aquellas personas del municipio de Vitoria-Gasteiz desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide Servicio Vasco de Empleo, primando la contratación de aquellas personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral.
Los requisitos son:
1. Desarrollar directamente actividades subvencionables en un centro de trabajo en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
2. Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
3. No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
4. No haber obtenido otras subvenciones por la contratación de la misma persona en anteriores convocatorias del programa municipal de “Ayudas económicas a la contratación laboral en empresas de Vitoria-Gasteiz”.
5. Mantener el cumplimiento de estas condiciones hasta su resolución.
6. En caso de las comunidades de bienes o sociedades civiles todas y cada una de las personas físicas o jurídicas privadas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidas en las bases.
Las personas a contratar deberán cumplir, además de los requisitos exigidos por la legislación vigente:
1. Estar empadronadas en el municipio de Vitoria-Gasteiz en la fecha de contratación, empadronamiento que deberá mantenerse, como mínimo, mecidiyeköy escort hasta la fecha de concesión de la ayuda . 2. Estar en situación de desempleo, es decir, no estar inscritas en ningún régimen de la Seguridad Social previamente a la contratación e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide- Servicio Vasco de Empleo el día inmediatamente anterior a la contratación.
¿Qué acciones serán subvencionables?
- Contrataciones laborales realizadas en las condiciones establecidas en las presentes bases.
- La duración mínima de los contratos será, como mínimo, de 3 meses, a jornada completa o a jornada parcial de como mínimo el 50 por ciento de jornada, pudiendo formalizarse bajo cualquier modalidad de contratación, con excepción del contrato de formación y aprendizaje (a efectos de computar la duración del contrato se tendrán en cuenta las prórrogas del mismo, siempre y cuando el contrato inicial sea como mínimo de 3 meses).
- La duración máxima de la subvención por contrato presentado será de 6 meses.
- Serán subvencionables las contrataciones que se lleven a efecto a partir del día 1 de julio de 2020 y como máximo, hasta el 30 de junio de 2021, no siendo obstáculo que las contrataciones se prolonguen más allá del término requerido, sin que en ningún caso los costes correspondientes a fechas posteriores puedan ser objeto de subvención.
- La extinción de los contratos de trabajo con anterioridad al periodo de duración mínimo exigido o subvencionado supondrá el reintegro de la subvención concedida. En el caso que tal extinción sea debida a causas ajenas a la voluntad de la empresa contratante (no superación del periodo de prueba, cese voluntario, despido declarado procedente o por muerte o invalidez de la persona contratada) y así lo acredite documentalmente, supondrá la reducción del importe de la subvención en proporción a la duración efectiva del contrato.
- No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas o personas autónomas.
Presentación de solicitudes:
- Hasta el 15 de febrero de 2021.
- Del 16 de febrero de 2021 al 14 de abril de 2021.
- Del 15 de abril de 2021 al 30 de junio de 2021.
Cuantía ayudas
La ayuda máxima es de 6.000 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contrataciones a tiempo parcial, la subvención (el límite máximo de ayuda) será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75 por ciento de los costes salariales incluidas las indemnizaciones de fin de contrato, y de Seguridad Social de la empresa de las personas contratadas.
En el supuesto de contrataciones de personas pertenecientes a los siguientes colectivos el importe máximo ataköy escort de la ayuda será de 9.000 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contratación a tiempo parcial, bakirköy escort la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
— personas perceptoras titulares de la RGI
— personas menores de 35 años,
— personas desempleadas de larga duración. Se entenderá por tal aquellas personas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante los 540 días anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 360 días
— personas mayores de 55 años
Todas las cuantías de subvención se incrementarán un 10 por ciento adicional cuando los contratos se celebren con mujeres.
La resolución de la concesión estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ello.
Más información:
Asimismo, os adjuntamos el texto íntegro de la ayuda
Un saludo